SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

II.9.

El accionante, a través de su representante legal, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente fundamentación y motivación de las resoluciones, a la defensa, al trabajo y al comercio, la industria y/o actividad económica licita, habida cuenta que la MAE de la CNS –ahora demandada–, mediante Notas Cite 4100 y 4790, inició y efectivizó la resolución del Contrato ALC/150/2012, para la provisión de un equipo de resonancia magnética para el Hospital Obrero II de Cochabamba, a través del proceso de contratación con CUCE:12-0417-00-342634-1-1, activando un trámite contrario a derecho, que no estaba previsto por la norma vigente y transgrediendo las previsiones contenidas en la cláusula décimo octava del referido Contrato, desconociendo e ignorando la resolución parcial del mismo contrato, que previamente fue comunicado y efectivizado por “COSIN Ltda”, mediante Cartas Notariadas SUB-GER 234/2017, SUB-GER 288/2017, respectivamente; lesionando de dicha forma el debido proceso y la seguridad jurídica, en sede administrativa, por cuanto la parte demandada, no consideró ni valoró el procedimiento resolutorio preexistente, que fuera tramitado conforme al contrato por parte de la empresa mencionada, validando por el contrario, la Resolución contractual ejecutada por la CNS, que fue nula de pleno derecho, permitiendo que el Gerente General de la institución estatal demandada, reporte y registre en el Registro Público SICOES, el impedimento de la empresa proveedora para participar en procesos de contratación del Estado por los próximos tres años, quedando consumada esa determinación en el Certificado RUPE 760362.