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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2019-S2

    Fecha: 17-Abr-2019

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante por intermedio de su representante legal, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus componentes de fundamentación y defensa; a la igualdad y a la vivienda; y, al principio de legalidad; toda vez que, no se le notificó con el inicio del proceso administrativo sancionador que concluyó con la orden de demolición dada a través de la RA 006/2018.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • III.2. El acto administrativo y los recursos de revocatoria y jerárquico como medios de impugnación
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
    • CONFIRMAR

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