SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2019-S1

Fecha: 26-Abr-2019

III.2.  El derecho al debido proceso y a la defensa en procesos administrativos de instituciones, asociaciones o cooperativas

La SCP 0148/2018-S2 de 30 de abril concluyó lo siguiente: “Debemos partir señalando, que el debido proceso está reconocido constitucionalmente como derecho y garantía jurisdiccional a la vez. Así, el art. 115.II de la CPE, señala: ‘El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’. El art. 117.I de la misma Norma Suprema dispone: ‘Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso…’.