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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2019-S3

    Fecha: 30-Abr-2019

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 4/2018 de 27 de noviembre, cursante de fs. 41 vta. a 44, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Hernán Javier Cayo Rivera contra Blanca Carolina Chamón Calvimontes y Jorge Alejandro Vargas Villagómez, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • III.
    • III.1.  Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
    • ha establecido que la jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
    • facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
    • III.3.
    • inc 10 del art. 34 y art. 235 inc 2) del CPP
    • 2)
    • III.3.2. R
    • REVOCAR

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