SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Primera de la Capital del departamento de Tarija,  constituida en Jueza de garantías, por Resolución 4/2018 de 27 de noviembre, cursante de fs. 41 vta. a 44, concedió la tutela impetrada, disponiendo que los Vocales demandados emitan una nueva resolución, bajo los siguientes fundamentos: i) “…al momento de considerar la probabilidad de autoría como  peligro procesal señalado en el Art. 233 inc. 1) del CPP, el (…) tribunal de alzada, solo realiza una mera consideración en el sentido de que ya existe una acusación, una sentencia y un auto de vista…” (sic), que confirma la probabilidad de autoría del peticionante de tutela, careciendo de fundamentación; ii) De los peligros de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234.10 y 235.2 del CPP, el Tribunal inferior, los consideró disminuidos al momento de disponer las medidas sustitutivas; los Vocales codemandados, no fundamentaron la base en que se sustentan para revocar las medidas sustitutivas impuestas; y, iii) La SC 0807/2005-R de 19 de julio, expuso que el juez puede determinar la cesación de la detención preventiva, “…si con los nuevos elementos de juicio el imputado logra disminuir o modificar sustancialmente los motivos que fundaron la detención preventiva…” (sic), de lo que se concluye que no es necesario que los peligros procesales tuvieran que desaparecer para modificar la detención preventiva.