Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
II.2.
II.2. Deny Gil Melgar -ahora accionante- mediante Nota de 25 de septiembre de 2018, dirigida al Presidente de la indicada Corte, solicitó que los argumentos expuestos en la misma puedan ser considerados para una eventual postulación de su persona; asimismo que se verifique toda su documentación y se la analice para su habilitación; y por último que el Pleno de la Corte mencionada, le proporcione su opinión al respecto (fs. 7 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Análisis del caso concreto
- puede pronunciarse sobre los cuestionamientos e impugnaciones y otros reclamos en temas de su competencia
- presentarse a ella resultó ser interpretado como actos consentidos, conclusión a la que igualmente se arriba en el presente caso
- CONFIRMAR