Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ACLARATORIO DE LA SCP 0282/2019-S2
Fecha: 24-May-2019
posibilitó al juez constitucional ampliar su análisis sobre otros derechos vinculados o conexos a los derechos tutelados
Finalmente, el Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP 1977/2013 de 4 de noviembre[4], aplicando en su razonamiento los principios y valores que irradian el orden jurídico del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario[5] y en virtud del carácter informal de la acción de libertad y de la interdependencia de los derechos, posibilitó al juez constitucional ampliar su análisis sobre otros derechos vinculados o conexos a los derechos tutelados. Así, como la posibilidad de extender su ámbito de protección frente aquellos actos ilegales no denunciados inicialmente, pero conexos con el acto lesivo que motivó la acción tutelar.
- I.
- y sin ninguna formalidad procesal
- posibilitó al juez constitucional ampliar su análisis sobre otros derechos vinculados o conexos a los derechos tutelados
- regido por el principio de informalismo, que justifica la flexibilización que debe existir en el desarrollo de su procedimiento, a fin de alcanzar la protección inmediata y eficaz de los derechos que tutela
- Artículo 7. Derecho a la Libertad Personal
- 1)
- b)
- y aclaró que toda detención ilegal comporta un grado de arbitrariedad, pero la misma se encuentra subsumida en el análisis de la ilegalidad que hizo respecto al art. 7.2 de la CADH
- Fragmento 9
- ii)
- II.3. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0282/2019-S2
- a)
- III. CONCLUSIÓN
- MAGISTRADA
- interdependientes, indivisibles
- lo que implica que la protección de un derecho y su ejercicio, conlleva a que se tutelen aquellos otros con los cuales se encuentra vinculado