AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2019-RCA

Fecha: 17-May-2019

I.4. Resolución de la Sala Constitucional

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante providencia de 21 de marzo de 2019, cursante a fs. 85, dispuso que en el plazo de tres días conforme establece el art. 30.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), la parte accionante deberá presentar en fotocopia legalizada el Testimonio de Poder 2333/2018 de 31 de diciembre, sustentando su legitimación activa, así como, el Informe Técnico Despto.S.Cite 963/2018 de 6 de noviembre, nota NID.C.B.S. Cite 64/19 de 12 de febrero de 2019, Certificados de Avance de Obra 1, 2, 3 y 4, Resolución Administrativa de Adjudicación INFRA-LP-28/2016 de 16 de diciembre, Documento Base de Contratación, Especificaciones Técnicas, Propuesta Adjudicada, Resolución Administrativa de Adjudicación, proyecto de diseño final y otros documentos necesarios para la ejecución de la obra de contrato, Instrumento Legal de Designación de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) o del funcionario delegado para la firma en representación de la entidad, poder de representación legal del contratista y garantías, por lo que, con carácter previo a determinar lo que corresponda, deberá acompañar la referida documentación, en tercero día de su legal notificación, bajo alternativa de tenerse por no presentada la acción de amparo constitucional.