La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0233/2019-S2 de 15 de mayo, que revocó la Resolución 5/2018 de 22 de octubre, cursante de fs. 262 a 268 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0233/2019-S2 de 15 de mayo, que revocó la Resolución 5/2018 de 22 de octubre, cursante de fs. 262 a 268 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia

Fecha: 15-May-2019

i)

i) Si bien se tiene un antecedente referido a que la accionante en estado de embarazo, ante su desvinculación laboral, optó interponer recurso de revocatoria contra la disposición de desvinculación laboral, solicitando su restitución, instancia administrativa laboral que a través de Resolución RR/DNRH 024/2018 de 21 de septiembre de 2018, pronunciada por el Director Nacional de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura, conforme lo entendió el Fundamento Jurídico II.1.1 de este Voto Disidente (Conclusiones II.4 y II.5 de la SCP 0233/2019-S2), procede la tutela directa a través de la acción de amparo constitucional, sin la exigencia del agotamiento de ninguna vía judicial o administrativa ante la denuncia de vulneración de la garantía de la inamovilidad laboral de las mujeres embarazadas y progenitores hasta el cumplimiento de un año de edad de la hija o hijo y los derechos involucrados; razón por la que, corresponde ingresar directamente a su análisis.