La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0233/2019-S2 de 15 de mayo, que revocó la Resolución 5/2018 de 22 de octubre, cursante de fs. 262 a 268 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0233/2019-S2 de 15 de mayo, que revocó la Resolución 5/2018 de 22 de octubre, cursante de fs. 262 a 268 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia

Fecha: 15-May-2019

pretendió eludir la protección que debió otorgar a la accionante por su situación de embarazo

Todos los aspectos anotados permiten concluir a este Tribunal que dado el estado de gravidez de la accionante, la parte empleadora -Consejo de la Magistratura-, pretendió eludir la protección que debió otorgar a la accionante por su situación de embarazo; razones que demuestran la vulneración del derecho a la garantía de inamovilidad laboral y en conexitud a la misma por la interdependencia de los derechos, su derecho a la maternidad segura desde la gestación hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad.

Asimismo, si bien el memorando de agradecimiento de servicios, fue suscritos por el Encargado de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura, conforme se evidencia en la Conclusión II.2; sin embargo, es importante advertir que las Máximas Autoridades Ejecutivas de esta entidad, se encuentran en posibilidad de restituir o reparar el ejercicio de los derechos y garantías; por lo que, la concesión de tutela correspondía extender también con respecto a las mismas, con el carácter de tutela definitiva conforme se ha establecido en el Fundamento Jurídico II.2.1. de este Voto Disidente.