SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

II.4.

II.4.  El 27 de abril de 2016, el Jefe a.i. de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Dirección Departamental de Educación de La Paz, por oficio DDE.LP/UAJ/ 432/2016 de 27 de abril, le hizo saber a la ahora accionante que en atención al memorial presentado el 8 de abril del citado año, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 32 de la RM 002/2015 transcrito la docencia a tiempo completo es de setenta y dos a ochenta horas, no pudiendo ejercer otras funciones administrativas o de docencia en instituciones de carácter público que perciba salario del TGN, además que dicha norma no contempla la posibilidad de continuar con los acúmulos de horas correspondientes a diferentes subsistemas de educación, que son de imperativo cumplimiento (fs. 34 a 35).