SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

concedió en parte

El Juez Público de Familia Séptimo del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 2/2019 de 14 de marzo, cursante de fs. 134 a 137 vta., concedió en parte la tutela solicitada dejando sin efecto el Auto de Vista 183/2017, en lo correspondiente a la declaración de inadmisibilidad de a la apelación de la Sentencia 24/2012, en base a los siguientes fundamentos: 1) Resulta evidente que la diligencia que se citó y consideró como sustento para dicha decisión, correspondía actos de comunicación respecto a otras actuaciones, sin advertir que la diligencia de notificación con la citada Sentencia fue efectuada en el 18 de agosto de 2014 –dentro del plazo previsto por ley–; sin embargo, el Auto de Vista 183/2017, declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto, de manera errónea al considerar una notificación que data del 10 de octubre de 2012, cuando dicho acto de comunicación no tuvo como finalidad la notificación con la mencionada Sentencia, infringiendo el debido proceso; y, 2) Sobre la confirmación del Auto de 23 de marzo de 2016, se tiene que el accionante denunció que no se hubiera efectuado una prolija revisión de los argumentos, agravios y la prueba señalada en su memorial de apelación; siendo que la valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales o las instancias ante las que se tramitó la causa, no siendo adecuado a su autoridad en calidad de Juez de garantías pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de las instancias pertinentes y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba.