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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2019-S1

    Fecha: 07-May-2019

    Fragmento 3

    Los impetrantes de tutela alegan como normas omitidas los arts. 21.X del Reglamento para la Gestión Administrativa de la Ley 475 -Ley de Prestaciones de Servicio de Salud Integral-; y, 10.II y III de la Ley 1069 de 28 de mayo de 2018 -Ley Modificatoria a la Ley 475 de 30 de diciembre de 2013, de prestaciones de servicios de salud integral del Estado Plurinacional de Bolivia-.

    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • derechos fundamentales están desarrollados por la ley
    • esta acción no ha sido prevista para lograr, mediante una orden judicial, el cumplimiento del deber general de acatar y cumplir la Constitución y las leyes; se entiende que, en coherencia con su naturaleza jurídica, esta acción tiene por finalidad hacer cumplir un mandato, deber u obligación imperativamente impuesto por la norma constitucional o legal; que se trate de un mandato, deber u obligación no sujeto a condición alguna, y que de manera indubitable y directa emerja de la norma constitucional o legal
    • Fragmento 16
    • III.2. Análisis del caso concreto

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