SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2019-S4

Fecha: 22-May-2019

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Santa Cruz,  constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 09/18 de 9 de noviembre de 2018, cursante de fs. 62 vta. a 64 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la Administración de la Aduana Interior Santa Cruz, en el plazo de setenta y dos horas realice una repuesta de acuerdo a procedimiento, absolviendo lo peticionado por la parte accionante respecto a la certificación del vehículo del impetrante de tutela y esa contestación se constituirá en un acto administrativo que reúna los requisitos establecidos por el art. 28 de la LPA, con la finalidad de que interponga los recursos de impugnación, si así lo considera en caso de ser negativa dicha respuesta; decisión que fue adoptada con los siguientes fundamentos: 1) Con relación a la carta AN-SCRZI-CA 0570/2018, se asimila a “un informe técnico” o a una “solicitud de requisitos” para que se proceda a verificar si el vehículo cuya propiedad alega el accionante, puede ser objeto de nacionalización;  2) El art. 27 de la LPA, que establece cuáles son los actos administrativos y el art. 28 de la citada norma legal, hace una relación de los elementos esenciales que lo constituyen y la carta AN-SCRZI-CA 0570/2018, solo es un requerimiento de requisitos para la presentación del vehículo en la Administración de la Aduana Interior Santa Cruz, tampoco fundamenta ni expresa los motivos, hechos y antecedentes para denegar la certificación solicitada; y, c) La referida carta no expresa nada con relación a las peticiones del impetrante que en varias ocasiones presentó, tampoco señaló por qué no acoge la solicitud de éste, para emitir la resolución o por lo menos señalar, que se trata de un acto administrativo para darle la oportunidad de que acuda a los medios de impugnación, con lo que se evidencia la vulneración del derecho a la defensa.