Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S1
Fecha: 28-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En 1998 mediante contrato de compra venta adquirieron un bien inmueble, ubicado en la Urbanización Villa Yunguyo, Río Seco de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz, con una superficie de 450 m2 “…2 lote No. 600 Mza. C 7…” (sic) registrado en Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula 2.01.4.010190324, en el cual, el 13 de febrero de 2015, Antonio Chávez Quispe y Pinola Adelaida Cussy de Chávez -ahora terceros interesados- de forma abrupta y arbitraria avasallaron la referida propiedad, cambiando las chapas y ocupando la construcción que realizaron en dicho predio.