SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

segundo punto

Con referencia al segundo punto, la Resolución en análisis señaló claramente que, si bien en la casilla del propietario o representante se consignó únicamente a Samuel Poma Calani, en el expediente cursa el formulario de designación de los representantes, en un número de cinco y que además cursaría en la carpeta de saneamiento la personalidad jurídica de la “Comunidad Campesina San Marcos”, dando cuenta así de su existencia legal; en cuanto a la supuesta doble dotación, a los integrantes de la comunidad, señalaron, que dicho extremo no fue acreditado documentalmente en el proceso; argumentos suficientes que dieron respuesta a lo reclamado por la parte actora.