SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2019-S1

Fecha: 28-May-2019

1)

1)  De haber registrado la parcela de terreno a su nombre, no estaría confrontando este problema, porque no se hubiera podido realizar la anotación preventiva solicitada por el Ministerio Público, puesto que lo que se cuestiona es que de buena fe adquirió el bien inmueble y mientras tramitaba los requisitos para “la anotación preventiva”, se dispuso la anotación invocada en la demanda penal, demostrándose que obtuvo el bien antes de dicho registro.