AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2019-CA

Fecha: 24-Jun-2019

Fragmento 2

Por memorial presentado el 29 de abril de 2019, cursante de fs. 11 a 12 vta., el accionante señala que, está siendo procesado por la probable comisión del delito de incumplimiento de contrato previsto en el art. 222 del CP, modificado por la Ley 004, precepto que refiere: “INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El que habiendo celebrado contrato con el Estado o con las entidades a que se refiere el artículo anterior, no los cumpliere sin justa causa, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a ocho (8) años” (sic), del cual cuestiona su constitucionalidad por infringir los arts. 256. I, 257.I y 410.II de la CPE y 11 del PIDCP ratificado por la Ley 2119 de 11 de septiembre de 2000.