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    PLURINACIONAL 0395/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    PLURINACIONAL 0395/2019-S1

    Fecha: 19-Jun-2019

    CONFIRMAR en todo

    la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 09/2018 de 26 de octubre, cursante de fs. 561 vta. a 564 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Decimoquinta del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada, sin ingresar al fondo de la problemática planteada.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • deben provocar en el Tribunal la convicción plena de que el recurrente está de acuerdo con el acto reclamado
    • Fragmento 14
    • ‘…el legislador ha considerado que al ser el consentimiento una expresión de la libre voluntad, no existe causa para dar curso a la tutela cuando se advierte este supuesto en los hechos denunciados, de modo que resulta lógico jurídicamente razonar negándose la tutela, en sentido de que el acto aún se considere lesivo, si ha
    • 1) Hay consentimiento expreso del acto reclamado, cuando directamente se exterioriza que se está de acuerdo o conforme con dicho acto
    • III.2.
    • memorial de 16 de agosto de 2018
    • 12 de octubre de 2018
    • CONFIRMAR en todo

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