SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2019-S4

Fecha: 05-Jun-2019

c)

c)   Al respecto, –en el noveno considerando–, agregó con relación a la oposición del Banco Pichincha S.A., que el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro del proceso 110-IP-2008, determinó que el sistema de registro marcario que se adoptó en la CAN, se encuentra soportado en la actividad autónoma e independiente de las oficinas competentes en cada país miembro, de modo que esta independencia implica dejar en libertad a la autoridad administrativa competente para que de acuerdo a su criterio, interprete los hechos y las normas, adoptando la decisión que considere adecuada; aclarando que los otros trámites de registro mencionados por el recurrente, son autónomos e independientes, y no forman parte de la solicitud del signo solicitado “SEGURO AMIGO”.