SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

llamar severamente la atención al Tribunal de garantías

  De acuerdo a la lectura de la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, se tiene que la audiencia de acción tutelar se llevó a cabo el    24 de diciembre de 2018 y de la revisión de los antecedentes de la presente acción de libertad se puede evidenciar que no cursa el acta de audiencia tutelar; por otro lado, de la revisión de la indicada Resolución se ha podido conocer que el legajo de apelación fue remitido ante el Tribunal de garantías tal como se tiene de lo referido por el mismo Tribunal, así como también de la cita y consideración del mismo para la emisión de la correspondiente Resolución venida en revisión; sin embargo, dichos antecedentes no fueron remitidos a este Tribunal Constitucional Plurinacional, conforme se tiene de la revisión del expediente de la presente acción, extremos por el que corresponde llamar severamente la atención al Tribunal de garantías, por cuanto dichos documentos, constituyen piezas procesales importantes para la emisión de la Sentencia Constitucional Plurinacional correspondiente; por lo que ha existido un incumplimiento de la obligación de remitir a esta instancia, todos los antecedentes de la acción de defensa planteada; sin embargo, se aclara que si bien podría solicitarse durante la tramitación de esta acción de defensa dicho legajo de apelación como documentación complementaria; no obstante, de ser obligación de los Tribunales o Jueces de garantías dicha remisión. Por celeridad, economía procesal y al constar los antecedentes necesarios, no se procedió con dicha solicitud de documentación complementaria a fin de no dilatar la resolución del presente caso.