SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

Fragmento 14

La accionante, denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso y al trabajo; indicando que, Marilus Cerezo Mancillas de Chávez, Secretaria General; Ruber Leonel Reguerin Apaza, Secretario de Relaciones; y, Remigio Quisisani, Socio todos del Sindicato Mixto de Transportes “Arenas”, hoy demandados en la asamblea general de 29 de enero de 2018, con desigualdad y discriminación, aludieron la necesidad de llevar su motorizado ante el carrocero, siendo que al final se decidió que previamente, debía realizarse una inspección de los vehículos; empero, el 8 de febrero de igual año, cuando se apersonó junto a su chofer a la oficina central a objeto de realizar el aporte y el correspondiente viaje, de forma arbitraria Francisco Chávez Huanca y Marilus Cerezo Mancillas de Chávez, ordenaron a la secretaria de la oficina que “este es el último viaje del bus de doña Elvira Velázquez y ya no viaja más” (sic), sin existir para ello algún motivo o determinación de suspensión o memorándum, menos haber sido sujeto a un proceso interno; ya que a partir de esa fecha no pudo trabajar, a pesar de haber acudido ante la Federación Regional de Transportes Yungas de La Paz y ante la Confederación Sindical de Choferes de Bolivia.