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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2019-S1

    Fecha: 05-Jun-2019

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    Adhemar Ayllon Zambrana, Responsable de la Jefatura de Control Urbano y René Ocaña, Secretario Municipal de Gestión Territorial ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, respectivamente, pese haber sido citados como se evidencia a fs. 23 y 27, éstos no presentaron informe ni se constituyeron en audiencia.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • i)
    • III.1.  Diferencia entre el derecho de petición y la pretensión dentro de un proceso o procedimiento administrativo.
    • Los contrastes antes referidos advierten claramente una diferenciación entre el derecho de petición y la pretensión que puede contener una demanda
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

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