SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0387/2019-S2
Fecha: 19-Jun-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Hugo Ernesto Duarte Pérez, mantenía una relación estrictamente comercial con la empresa TELECEL S.A., y una vez que se concluyó el contrato comercial de comisión por venta de productos y servicios freelancer, inició una ilegítima demanda de cobro de derechos y beneficios sociales; proceso, en el que la empresa acreditó la inexistencia de las relaciones laborales y subsistente la comercial con el demandante; sin embargo, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante Sentencia 55 de 30 de agosto de 2013, declaró probada la demanda, disponiendo el pago de derechos y beneficios sociales, entendiendo equivocadamente que existió una relación laboral; motivo por el cual, interpuso recurso de apelación, resuelto por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz por Auto de Vista 166 de 6 de abril de 2015, que resolvió confirmar la Sentencia de primera instancia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Sala Contenciosa,
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de amparo cuando existe sentencia constitucional en un primer amparo, del cual emerge el que se interpone
- ii)
- la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional