SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0387/2019-S2
Fecha: 19-Jun-2019
II.3.
II.3. Ante ese fallo constitucional, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia emitió el Auto Supremo 195/2018 de 27 de junio, a través del cual declaró infundado el recurso de casación interpuesto por TELECEL S.A., bajo los fundamentos siguientes: Que en el caso presente, no queda duda de que se trató de una relación civil comercial y no de una relación de dependencia laboral; empero, tomando en cuenta que las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio en virtud de las disposiciones contenidas en los arts. 203 de la CPE, 8 de la LTC y 15 del CPCo, no puede dejar de lado lo determinado en la SCP 0749/2017-S2; por lo que en cumplimiento a dicha determinación corresponde la aplicación del parágrafo II del art. 220 del Código de Procedimiento Civil (CPC), con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CTP) (fs. 320 a 325 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Sala Contenciosa,
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de amparo cuando existe sentencia constitucional en un primer amparo, del cual emerge el que se interpone
- ii)
- la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional