SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

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En suma, el derecho al agua fue establecido taxativamente en la Constitución Política del Estado y en la jurisprudencia constitucional, como un derecho humano autónomo, que destinado al consumo humano es un derecho fundamental de naturaleza subjetiva, vital para el ejercicio de derechos inherentes a la persona que vinculado al derecho de acceso a los servicios básicos se configura como el derecho de acceso al agua potable. En este contexto, el Tribunal Constitucional Plurinacional reconoció que además constituye un derecho sobre el cual, se cimientan otros derechos del mismo rango constitucional como el derecho a la salud y a la vida en condiciones dignas.