Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
II.3.
II.3. Se tiene memorial de 22 de junio de 2018, por el que el accionante señala que dentro del aludido proceso sumario iniciado en su contra, no tiene nada que indicar o declarar sobre el caso por el que se le instauró, declarando enfáticamente que “…me siento inocente de cualquier acto o delito…” (sic); además, indica que cuenta con familia, una madre discapacitada con rigidez crónica de por vida, que se encuentra bajo su custodia, y con una hija menor de un año -tres meses y veinte días de nacida- (fs. 31).
- ”’
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- el principio de congruencia:
- III.2. Análisis del caso concreto
- RATIFICÓ
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- 3°