SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante ratificó de manera íntegra el contenido de su memorial de acción de libertad, añadiendo que, tanto la Resolución de la Jueza demandada como la del Tribunal de apelación, hicieron referencia que ante la concurrencia de la probable autoría y el riesgo procesal previsto por el numeral 2 del art. 235 del CPP, debía mantenerse la detención preventiva en aplicación del principio de potestad reglada, existiendo imposibilidad de realizar un juicio de proporcionalidad, desconociendo la jurisprudencia contenida en la SCP 0010/2018-S2 de 28 de febrero, que establece la obligación del juez de realizar dicho juicio para la determinación de la detención preventiva, entendimiento asumido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la Sentencia de 1 de diciembre de 2016 en el Caso Andrade Salmón Vs. Bolivia. Por otra parte, el argumento para considerar la subsistencia del referido riesgo procesal constituye una condena anticipada, cuando esa no es la finalidad de la medida cautelar, al hacer referencia a la existencia de una               “co investigada” y otras diez personas sin identificar a los que se amplió la investigación, fundando de manera abstracta y genérica el riesgo, lo que hace imposible enervarlo; por lo que, pide se conceda la tutela y se emita una nueva resolución que considere los parámetros de favorabilidad y proporcionalidad.  Tomando en cuenta además que otros coimputados del mismo proceso, están en libertad o con detención domiciliaria al haber acreditado que tienen hijos a su cargo; no habiendo considerado su situación particular, de tener un padre de la tercera edad que sufrió un grave accidente, a quién se le debe atender y coadyuvar económicamente; solicita un trato igualitario al de los otros procesados.