SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

ii)    El principio de legalidad,

ii)    El principio de legalidad, cumpliendo los requisitos previstos por el art. 233 del CPP: ii.a) Que sea ordenada por la autoridad judicial a través de una resolución debidamente fundamentada y motivada, con la aclaración que este requisito no sólo es exigible para las resoluciones que imponen la detención preventiva, sino también para las que confirmen su imposición, revoquen o rechacen la adopción de medidas sustitutivas; ii.b) Que exista pedido fundamentado del fiscal y/o querellante, ii.c) Legalidad de la prueba; y, ii.d) La concurrencia de los dos requisitos previstos en el art. 233 del CPP: ii.d.1) La identificación del hecho a través de su descripción precisa y circunstanciada, la participación del imputado o imputada, la subsunción de la conducta del imputado al tipo penal atribuido y la identificación de las evidencias materiales y físicas con que se cuenta (art. 233.1); y, ii.d.2) La identificación de los riesgos procesales, su acreditación, no pudiendo presumir la concurrencia de los mismos ni considerarse en abstracto con la mera cita de la disposición legal (art. 233.2).