AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2019-CA
Fecha: 22-Jul-2019
Fragmento 1
En consulta la Resolución 01/2019 de 27 de junio, cursante de fs. 43 a 46 vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Betanzos del departamento de Potosí, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Segundino Martínez Llanos y Evangelina Llanos Montalvo de Martínez, demandando la inconstitucionalidad de los artículos primero y segundo de la Ley Autónoma Municipal 029/2015 de 26 de junio, por ser presuntamente contrarios a los arts. 56, 283 y 299.II.15 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- leyes
- II.3. Requisitos de admisión
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.4
- adecuada y razonada fundamentación jurídico constitucional
- solo a aquellos que tienen contenido normativo de alcance general y recae sobre disposiciones legales que tienen contenido material, normas jurídicas de alcance general
- sólo pueden ser impugnadas por esta vía aquellas resoluciones que tienen carácter normativo
- II.6. Análisis del caso concreto
- expresión de los fundamentos jurídico- constitucionales es esencial,
- RATIFICAR