AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2019-CA

Fecha: 22-Jul-2019

leyes

Por su parte el art. 73.2 del CPCo, dispone que la acción de inconstitucionalidad de carácter concreto: “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son nuestras); teniendo legitimación activa para interponerla de acuerdo con el art. 79 de dicho Código: “…la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción” (el resaltado es nuestro).