Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 02/2019 de 20 de mayo, cursante de fs. 162 a 169 vta., pronunciada dentro de la
Fecha: 12-Jul-2019
dispone
Corresponde sin embargo, modular los efectos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dado que, la Jueza de garantías concedió la tutela impetrada, disponiendo la inmediata reincorporación laboral del accionante, de manera que, se dispone que todos los actos ejecutados en cumplimiento a la mencionada decisión, se tienen por válidos y bien cumplidos, no correspondiendo devolución alguna de los recursos erogados por la entidad en favor de la impetrante de tutela constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La transitoriedad de los cargos del Órgano Judicial
- III.2. Ineficacia de la inamovilidad laboral de padres progenitores frente al criterio de transitoriedad de los cargos del Órgano Judicial
- III.3.
- REVOCAR en todo
- dispone