ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0561/2019-S2
Fecha: 17-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fueron contratados por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz para prestar sus servicios como gendarmes municipales por varias gestiones, existiendo una relación estable y continua; por lo que decidieron organizarse en un sindicato por el período del 12 de septiembre de 2018 al 11 de septiembre de 2020; empero, en el momento en el que el municipio tuvo conocimiento de esa decisión despidió arbitrariamente atodos los miembros de la Directiva.
Frente a ello, acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo de esa ciudad, que emitió la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM131/2018 de 31 de diciembre, que ordenaba su reincorporación inmediata, además de la cancelación de sueldos devengados y otros derechos; no obstante, su notificación al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz no dieron cumplimiento a la misma, señalando que agotarían todos los recursos, situación que puede corroborarse en el informe del inspector.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto
- 2)
- 3)
- derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal
- 4
- 5
- 7
- indemnización
- 8
- 9
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22