ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0561/2019-S2
Fecha: 17-Jul-2019
II.3.
II.3. Por Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM131/2018 de 31 de diciembre, suscrita por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se conminó al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, la reincorporación inmediata de Estefania Calle Quispe, Silvia Aguirre Gutiérrez, Cinthia Mirian Cadima Montellanos, Lidia Bethsabe López Choque, Jorge Miguel Montero Masay, Freddy Pahuasi Guzmán, Roxelia Núñez Salvatierra, Sandra Faviola Parada Lazarte, Clever Bazan Perez, Yesenia Landivar Parada, Ingira Antoriano Pardo, Sandro Mamani Jaldin, José Melendres Agreda, Elva Raquel Canaza Vásquez de Terrazas, Danitza Janira Lazo Heredia, Humberto Walter Salazar Nauro, Roxana Chavarría Arteaga, Herick Cortez Durán, Erwin Vaca Aguilera, Ana Rocisela Otuvo, Sulma Quispe Gómez, Jesús Willams Zenteno Chacon, Alexis Karell Blanco Peña, Katherine Aguirre Coimbra, a sus fuentes laborales en esa Alcaldía, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación al DS 0495, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden y sea de forma inmediata a partir de su notificación (fs. 121 a 122 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto
- 2)
- 3)
- derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal
- 4
- 5
- 7
- indemnización
- 8
- 9
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22