SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2019-S3

Fecha: 01-Jul-2019

pasen obrados a secretaría para el informe solicitado con el decreto de fs 49 de obrados, cumplido sea lo dispuesto se procederá lo que corresponde

El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del aludido departamento, condenó a José Antonio Moscoso Contreras a tres años de prisión, por el delito de robo agravado. De acuerdo al certificado de permanencia y conducta, ingresó al penal el 22 de octubre de 2015, por lo que hasta la fecha ya habría sobrepasado la pena impuesta; motivo por el cual el “24 de octubre” (sic) solicitó al Juez de Ejecución Penal -ahora demandado- se expida mandamiento de libertad a su favor; a lo cual dicha autoridad mediante decreto señaló que previamente por secretaría se realice el cómputo correspondiente; no obstante, desde esa fecha dicho funcionario no realizó el mismo aduciendo que el certificado de permanencia y conducta no se encontraba actualizado, ante la reiteración de su petitorio el aludido Juez decretó “…pasen obrados a secretaría para el informe solicitado con el decreto de fs 49 de obrados, cumplido sea lo dispuesto se procederá lo que corresponde…” (sic); empero, el mencionado Secretario hasta la fecha no informó dicho extremo.

Alejandro Ramos Castro, fue condenado por el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del mencionado departamento, a nueve años de prisión por el delito de violación en grado de tentativa; y según el Certificado de permanencia y conducta de 16 de octubre de 2018, estaría nueve años dos meses y seis días; es decir, sobrepasando su pena, por lo cual mediante escrito de 22 de igual mes y año, solicitó al Juez de Ejecución Penal de la misma ciudad, expida mandamiento de libertad, a lo cual por decreto se determinó que previamente se informe por secretaría si se cumplió la pena impuesta; sin embargo, el Secretario de ese Tribunal no efectuó dicho informe arguyendo recarga laboral.

Por Sentencia de 25 de enero de 2017, emitida por el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, se condenó a “Juan José Zelada” a pena privativa de libertad de dos años por el delito de robo. Por Resolución “196/2018” se le benefició con redención de la pena, debido al trabajo y estudio que realizó tres meses y diecisiete días en el Centro Penitenciario San Pedro de dicho departamento; lo que quiere decir, que ya cumplió con su condena y por lo cual solicitó la libertad condicional y mandamiento de libertad; sin embargo, transcurrió más de un mes sin tener respuesta a ningún memorial, bajo la excusa que tienen mucho trabajo y que seguiría en despacho.

Félix Quispe Mendoza, mediante Sentencia “148/2018” fue condenado a dos años de privación de libertad por los delitos de lesiones leves y graves, así como amenazas, encontrándose con detención preventiva desde el 6 de abril de 2015 y solicitado en reiteradas ocasiones la libertad definitiva, no tuvo ninguna respuesta por el Juez ni Secretario.

Los accionantes por intermedio de sus representantes denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad y “detención indebido” (sic); puesto que, el Juez de Ejecución Penal de El Alto del departamento de La Paz, en relación a Juan Mamani Quispe, ordenó mediante Auto de 22 de agosto de 2018, se libre mandamiento de libertad; sin embargo, el mismo no se emitió hasta la fecha. Asimismo, José Antonio Moscoso Contreras, solicitó el 24 de octubre de 2018, se expida mandamiento de libertad a su favor, a lo cual el referido Juez mediante decreto señaló que previamente por secretaría se realice el cómputo correspondiente; no obstante, desde dicha fecha no se realizó el mismo aduciendo que el certificado de permanencia y conducta no se encontraba actualizado, ante la reiteración de su petitorio el Juez decretó ‘‘…’pasen obrados a secretaria para el informe solicitado con el decreto de fs 49 de obrados, cumplido sea lo dispuesto se procederá lo que corresponde’…” (sic); empero, el Secretario del citado Juzgado hasta la fecha no informó dicho extremo. Alejandro Ramos Castro, mediante escrito de 22 de igual mes y año, solicitó a la referida autoridad judicial, expida mandamiento de libertad, a lo cual por decreto se determinó que previamente se informe por secretaría si se cumplió la pena impuesta; sin embargo, el señalado Secretario no efectuó dicho informe arguyendo recarga laboral. “Juan José Zelada” solicitó la libertad condicional y mandamiento de libertad; empero, transcurrió más de un mes sin tener respuesta a ningún memorial, bajo la excusa que tienen mucho trabajo y que seguiría en despacho; y, finalmente Félix Quispe Mendoza en reiteradas ocasiones solicitó la libertad definitiva, sin tener ninguna respuesta del Juez ni Secretario.