SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2019-S3

Fecha: 08-Jul-2019

sino que también lo es al ámbito administrativo,

Este principio no es aplicable exclusivamente al ámbito penal, sino que también lo es al ámbito administrativo, cuando se impone a un mismo sujeto una doble sanción administrativa, o cuando se le impone una sanción administrativa y otra penal pese a existir las identidades antes anotadas (sujeto, hecho y fundamento)” (las negrillas y subrayado nos corresponden).

Por su parte, la SC 1564/2011-R de 11 de octubre, señaló que: “…el principio de ‘non bis in ídem’, se encuentra consagrado en la Constitución Política del Estado como una garantía jurisdiccional en virtud a que se encuentra contemplado en el art 117.II y que a la letra indica ‘Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho’; sin embargo, de acuerdo al art. 256 de la CPE antes citado, se concibe al ‘non bis in idem’ como un derecho que forma parte de los elementos configurativos del debido proceso como un derecho de la persona”.