SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2019-S3

Fecha: 09-Jul-2019

II.3.

II.3.    Por Carta de 16 de enero de 2019, la parte solicitante de tutela, respondió a la Nota citada en la Conclusión precedente, manifestando que no tiene ninguna intención de incumplir sus obligaciones contractuales y que, por ese motivo, se procedió al pago de parte de los adeudos, acompañando fotocopias de los cheques de depósitos bancarios correspondientes; además, indicó que la garantía que dieron debió cubrir parte de lo debido, garantía que posteriormente la restituirán y -finalmente- hicieron un llamado a la solución pacífica de sus controversias a través de la negociación y conforme a las previsiones contractuales (fs. 43 a 46).