SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2019-S3

Fecha: 19-Jul-2019

II.2.

II.2.  Sobre la base del Informe Técnico citado supra, y a través de la Resolución de Reversión de Derecho Minero AJAM/DJU/RRDM/173/2017 de 24 de octubre, el Director Ejecutivo Nacional de la AJAM -ahora autoridad codemandada- resolvió revertir a propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, la ATE denominada “ALEJANDRA” con número de formulario 29906, ubicada en el cantón/municipio San Agustín de la provincia Enrique Baldivieso del departamento de Potosí, cuyo propietario era la Sociedad Minera Agrícola FARELLONES S.R.L. -ahora entidad accionante-, por inexistencia de actividades mineras en la misma y en función al carácter estratégico y de utilidad pública de los recursos naturales (fs. 279 a 288).