SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2019-S3

Fecha: 19-Jul-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La entidad accionante a través de su representante denuncia como lesionado su derecho al debido proceso; alegando que, habiéndose transferido a su favor el área minera denominada ATE “ALEJANDRA”, la misma fue revertida a propiedad del Estado, mediante Resolución de Reversión de Derecho Minero AJAM/DJU/RRDM/173/2017 de 24 de octubre, emitida por el Director Ejecutivo Nacional de la AJAM; por tal motivo, interpuso recurso de revocatoria, y posteriormente recurso jerárquico, señalando que la citación para la realización de las inspecciones a los operadores mineros se la debió realizar mediante publicación de la Gaceta Nacional Minera, conforme previene el art. 58.III de la LMM y no así en el periódico “Cambio”, incurriendo por ello en una flagrante violación a la norma legal concurrente, entre otras denuncias; sin embargo, las autoridades demandadas al emitir la Resolución de Recurso de Revocatoria AJAM/DJU/RRR/9/2018 de 14 de mayo y Resolución de Recurso Jerárquico 179/2018 de 1 de agosto, no consideraron dichos aspectos, vulnerando todo lo relacionado con la parte fáctica de una correcta interpretación de la Ley de Minería y Metalurgia.