SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S3

Fecha: 24-Jul-2019

i)

Narda Soria Galvarro Hinojosa, Jueza de Sentencia Penal Segunda -en suplencia legal de su similar Primera- de El Alto del departamento de La Paz, por informe escrito presentado el 12 de marzo de 2019, cursante a fs. 28 y vta., señaló que: i) Asumió dicha suplencia legal el 21 de enero de igual año; ii) El proceso penal que se sigue contra la accionante, ingresó el 27 de noviembre de 2018, luego solicitó la cesación de la detención preventiva -no señaló la fecha-; la cual fue resuelta por la autoridad de control jurisdiccional mediante el Auto Interlocutorio 375/2018 de 18 de diciembre, misma que fue impugnada por la víctima, por lo que se remitió antecedentes al Tribunal de alzada; posteriormente, la impetrante de tutela nuevamente pidió la cesación de la medida impuesta y al ser el abogado de la víctima su representante legal en procesos personales, procedió a excusarse conforme a los arts. 316 inc. 6) del CPP y 27 inc. 9) de la Ley de Organización Judicial (LOJ), misma que fue radicada en el Juzgado de Sentencia Penal Tercero del mismo lugar y departamento; iii) El Juez codemandado, devolvió obrados el 1 de marzo de 2019, disponiendo que se subsane lo observado según el             art. 318.II del aludido Código; por lo que, el 7 de igual mes y año por medio de Oficio CITE Of. 170/2019 remitió antecedentes de la excusa a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento, el cual todavía no fue resuelto; y, iv) No vulneró el derecho a la defensa, habiéndose excusado a fin de evitar susceptibilidades.