Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S3
Fecha: 24-Jul-2019
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 25 de febrero de 2019 ante el Juez de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, la impetrante de tutela solicitó “…CESACION DE MEDIDAS CAUTELARES POR NUEVOS MOTIVOS QUE LA FUNDAN” (sic), el cual fue providenciado el 26 de igual mes y año, “En lo principal y al otrosí.- Estese a los dispuesto en el proveído de fecha 25 de febrero de 2019” (sic [fs. 13 y vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- es posible activar la vía constitucional, mediante acción de libertad traslativa o de pronto despacho, con la única condición que dicha demora tenga repercusión directa con el derecho a la libertad del encausado,
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte