SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2019-S3
Fecha: 31-Jul-2019
III.3. Análisis del caso concreto
En mérito a los antecedentes fácticos del caso, se advierte que el accionante cuestionó la Resolución Académica 232/2018 de 12 de diciembre, por la que se confirmó la Resolución 02/2018 de 30 de julio y la Resolución del Consejo Superior de la Escuela Naval Militar 015/18 de 20 de junio de 2018, en las que se determinó su baja disciplinaria, denunciando carencia de fundamentación y motivación; puesto que las mismas están basadas en hechos que no fueron refutados debido a que no se le otorgó un tiempo prudente que permita desvirtuar la falta disciplinaria que presuntamente habría cometido así como tampoco pudo ser asistido de su respectiva defensa técnica.
Ahora bien, en función a lo expuesto, corresponde ingresar al análisis de la problemática planteada, centrando la atención en la Resolución Académica 232/2018, que resolvió el recurso jerárquico a objeto de establecer si es evidente o no la vulneración de los derechos invocados, habida cuenta que es esta la que debió reparar las presumibles omisiones dentro de todo el proceso disciplinario, conforme a normas y reglamentos internos de la Escuela Naval Militar “V Almte. Ronant Monje Roca” por lo que es menester realizar la contrastación con el recurso planteado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “…ESTAR PREPARADO O TENER AYUDAS PARA COPIAS DURANTE UN EXAMEN O INTENTAR COPIAR DURANTE UN EXAMEN…”
- Fragmento 4
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1. De la motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- constituye en un elemento constitutivo del debido proceso que exige “…que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- las resoluciones
- Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: el valor justicia, el principio de interdicción de la arbitrariedad, el principio de razonabilidad y el principio de congruencia
- Fragmento 24
- III.2. Motivación y congruencia en las resoluciones de segunda instancia
- Fragmento 26
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- 9)
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER en parte