SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2019-S3
Fecha: 31-Jul-2019
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia a través de esta acción tutelar, la lesión de sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, oportuna en plazo razonable, a ser oído, a la reserva legal y juicio previo, pues estima que el fallo impugnado -Auto Supremo 213/2018 de 28 de marzo-, pronunciado por las autoridades ahora demandadas, resulta arbitrario, irrazonable y desproporcionado, por no tomar en cuenta que se encuentra perseguido penalmente por más de ocho años, ni haber considerado la prueba adjuntada, y pese a ello exigir aspectos no dispuestos en la norma procesal penal, al encontrarse todos los documentos en el expediente cursante en su poder; haciendo hincapié en la vulneración al debido proceso, en su fase sustantiva que prohíbe actos de poder arbitrarios e irrazonables a partir de la progresividad, favorabilidad y prevalencia del derecho sustantivo sobre el formal, como los principios de interpretación de los derechos fundamentales que rigen el derecho interno, teniendo en cuenta que la Resolución impugnada no cumplió con el mismo, al denegar su excepción de extinción de la acción penal por prescripción de manera irregular.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió “parcialmente”
- II.1.
- III.
- que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- corresponde a la justicia constitucional verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- hasta consolidar la noción que la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional;
- De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- REVOCAR en parte