Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación, defensa, legalidad, al trabajo, estabilidad laboral, a una vida digna, salud y seguridad social; citando al efecto los arts. 15.I y II, 35, 36, 46, 48, 60, 64.II, 115, 116, 117, 119, 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 3, 22, 23, 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); 6, 7, 9, 10, 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Sobre la idoneidad de los medios y recursos tendientes a reparar el daño o la lesión de los derechos. Jurisprudencia reiterada
- la falta de utilización de los medios idóneos anula toda posibilidad de ingresar al fondo de la problemática sino también de otorgar la tutela’
- III.3. Análisis del caso concreto
- Recurso Jerárquico
- REVOCAR