Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.1.
II.1. Mediante Resolución FGE/RJGP/DAJ 109/2018 de 24 de abril, Ramiro José Guerrero Peñaranda, en calidad de Fiscal General del Estado, dispuso “la suspensión del ejercicio de funciones a la Fiscal de Materia Abg. Ingrid Mónica Mercado Hinojosa, sin goce de haberes, conforme prevé el art. 30 num. 35 de la LOMP, emergente de la acusación formal radicada en su contra, por el tiempo que dure el proceso penal, hasta que la sentencia dictada en el caso referido adquiera ejecutoria, momento en que se dispondrá lo que corresponda en ley” (sic) (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Sobre la idoneidad de los medios y recursos tendientes a reparar el daño o la lesión de los derechos. Jurisprudencia reiterada
- la falta de utilización de los medios idóneos anula toda posibilidad de ingresar al fondo de la problemática sino también de otorgar la tutela’
- III.3. Análisis del caso concreto
- Recurso Jerárquico
- REVOCAR