SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.1.
II.1. Mediante Resolución Municipal 009/99, el Concejo Municipal del entonces denominado, Gobierno Municipal de La Guardia, hoy Gobierno Autónomo Municipal de “La Guardia” del departamento de Santa Cruz, aprobó el proyecto de parcelamiento del Club Campestre denominado Laguna Azul, de propiedad de Walter Kreidler Guillaux. Consta también, el Comprobante de Ingreso 8629 de 22 de enero de 1999, de pago de la suma de Bs77 332,57 (setenta y siete mil trecientos treinta y dos bolivianos con cincuenta y siete centavos) por concepto de aprobación de urbanización (fs. 7 a 9), cursa el plano de la urbanización Laguna Azul, con el sello de aprobación suscrito el 28 de enero de 1999, por el Director del Plan Regulador del indicado Gobierno Municipal (a fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados.
- conceder la tutela
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- a)
- 1)
- arbitrariedad
- Fragmento 24
- III.2.
- el acto administrativo que otorga o reconoce un derecho al administrado, una vez notificado, no podrá ser revocado en sede administrativa
- sea
- III.3. Análisis del caso concreto
- normativa correspondiente que aprueba la reestructuración de 18 de marzo de 2015
- CONFIRMAR