SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2019-S4

Fecha: 02-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Posteriormente, en el marco de las jornadas de descongestionamiento el 14 de junio de 2018, en dependencias del Centro Penitenciario pre citado, se sometió a la salida alternativa a juicio de procedimiento abreviado, siendo condenado mediante Sentencia de igual fecha y año, a una pena privativa de libertad de dos años; por lo que, el 2 de julio del mismo año, solicitó que conforme el alcance del art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se le otorgue perdón judicial, por cuanto cumplió con los requisitos de procedencia exigidos por ley; vale decir, que la condena que le fue impuesta no supera los dos años y el imputado no fue objeto de condena anterior por delito doloso en los últimos cinco años, adjuntando al efecto su certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP). A dicha pretensión la Jueza ahora demandada, mediante Decreto de 23 de julio de 2018, le negó el citado beneficio; por lo que, interpuso recurso de reposición; la autoridad jurisdiccional señaló día y hora de audiencia de perdón judicial, y en el fondo la misma fue rechazada bajo el argumento que en el REJAP existiría una declaratoria de rebeldía en su contra y que por ello no cumpliría el requisito previsto en el art. 368 de la Ley adjetiva penal. En ese contexto interpuso apelación a la Resolución e impetró la remisión de antecedentes ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba conforme el art. 405 del CPP; la autoridad jurisdiccional expresó tenerse presente la apelación invocada conforme la normativa precitada, debiendo proceder de acuerdo a procedimiento.

Con base a dichos antecedentes denunció que la Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba, incurrió en libre creación de derecho, puesto que exigió la acreditación de requisitos extra que no se encuentran establecidos, ni son exigidos por la Ley adjetiva penal; por lo que, a la fecha se encuentra privado de libertad de manera ilegal y arbitraria.