SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2019-S4

Fecha: 12-Jul-2019

II.9.

II.9.    Cursa misiva de 31 de octubre de 2018, pero con fecha de recepción del abogado de la ahora impetrante de tutela de 16 enero de 2019; a través de la cual, el ahora tercero interesado comunicó al presidente de la empresa PROLEC S.A., –hoy demandado–, la respuesta a la planteada, señalando los siguientes argumentos: a) Que el Código de Comercio, siendo la norma que regula la relaciones jurídicas derivadas de la actividad comercial, dispone que la exhibición, examen y entrega de documentos o información de alguna actividad comercial, solo podrá ser dispuesta a pedido de la parte que acredite legalmente su condición jurídica de accionista dentro de la empresa; y, b) Mediante nota PRO: 036/2018 de 8 de marzo, se hizo conocer a la solicitante, que no contaba con la calidad de accionista dentro de la empresa ya referida, debiendo en todo caso, recurrir a las instancias pertinentes (fs. 55).