Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.3.
II.3. Por Auto de Vista de 13 de febrero de 2017, pronunciada por los Vocales hoy demandados, se resolvió la apelación incidental interpuesta contra el Auto de 11 de enero de 2017 –que no consta en antecedentes–, determinándose confirmar parcialmente la Resolución que rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva, pero no bajo los mismos argumentos; al efecto, ordenó mantener la detención preventiva por la vigencia de los arts. 233 con relación al 235.2 ambos del CPP, aclarando que ya no existía riesgo de fuga (art. 234.1 y 2) (fs. 93 a 94 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- es así que el imputado en libertad puede influir negativamente sobre estos, así también sobre las víctimas, hay que tomar en consideración que las mismas ya han sido influenciadas por el imputados con data anterior
- CONFIRMAR