SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2019-S1

Fecha: 09-Jul-2019

III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho

En este ámbito, sobre la acción de libertad traslativa y de pronto despacho, la SCP 0002/2019-S1 de 7 de enero de 2019, reiterando el entendimiento expresado en la SCP 1777/2014 de 15 de septiembre, señaló que:”’ Al respecto, la SCP 2373/2012 de 22 de noviembre, haciendo referencia a la SCP 0643/2012 de 23 de julio, señaló: «…refiriéndose a la acción de libertad traslativa, en cuanto a los trámites y solicitudes cuando una persona se encuentra privada de libertad éstas deben ser atendidas con la mayor celeridad, por encontrarse de por medio la libertad de las personas en ese entendido la referida sentencia constitucional plurinacional estableció que: ‘El Tribunal Constitucional en la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, concluyó que el recurso de hábeas corpus -actualmente acción de libertad-: «…puede ser reparador, si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida»’.